El régimen cubano ha prohibido que los habitantes de la Isla hospeden sus sitios web y blogs en plataformas de internet establecidas fuera del país, y amenaza con multarlos si violan esa disposición.
El recién aprobado Decreto-Ley 370 de 2018 para la informatización de la sociedad cubana, en sus artículos 68 y 69, indica que es una contravención "hospedar un sitio en servidores ubicados en un país extranjero, que no sea como espejo o réplica del sitio principal en servidores ubicados en territorio nacional".
Si un ciudadano cubano residente en el país decide abrirse un blog en WordPress, Medium o cualquier otro servicio gratuito de Internet podría ser multado con hasta 1.000 pesos cubanos, CUP, equivalente a alrededor de 40 dólares, señaló la publicación El Toque.
El artículo 71 de la disposición indica que, además de la multa, los violadores podrían enfrentar el decomiso de "medios y equipos empleados", algo de lo que se ocuparían "los inspectores designados por el Ministerio de Comunicaciones y por las administraciones locales del Poder Popular".
El Toque advierte que, según esa ley, cientos de blogueros cubanos que hoy alojan sus sitios en servidores como WordPress podrían ser multados o, incluso, perder sus computadoras y teléfonos.
Asimismo, la medida significaría la muerte o ilegalización de facto de decenas de sitios, revistas y medios alternativos nacidos en los pasados cinco años en Cuba.
Según confirmó el reporte, tras conversar con dos funcionarias del Ministerio de Comunicaciones, estas confirmaron que la resolución aplica a personas naturales.
Hasta hoy, en Cuba solo existe un servicio de hospedaje de blog, la plataforma Reflejos, organizada por los Joven Club de Computación y Electrónica, entidad de la Unión de Jóvenes Comunistas que censura contenidos.
En abril de 2019, el monopolio estatal de las telecomunicaciones ETECSA anunció un servicio de hospedaje de sitios web para personas naturales que ofrece opciones de pago que oscilan entre los 3 CUC y los 55 CUC mensuales.
Desde el pasado jueves, las personas jurídicas en Cuba están obligadas a utilizar el antivirus nacional, así como aplicaciones de código abierto y de producción nacional, según estableció un conjunto de normas jurídicas decretadas por el Gobierno para el control de las herramientas ligadas a la informatización de la sociedad en Cuba.
En la más reciente Gaceta Oficial Ordinaria, están recogidas las nuevas regulaciones, compuestas por un Decreto-Ley, dos Decretos, un acuerdo del Consejo de Ministros y varias resoluciones ministeriales.
El Gobierno, acusado de una estrecha vigilancia y control de la información desde sus estructuras, se ha propuesto "la migración en un período de tres años" de datos hacia plataformas con código abierto y de producción nacional "en los Organismos de la Administración del Estado".
Las nuevas normas jurídicas otorgan el protagonismo de la industria de aplicaciones y servicios informáticos a la empresa estatal, y relega la participación del sector privado, con gran auge e iniciativa en este campo, a una simple "complementación".