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Sociedad

¿Quién hace cumplir la ley a los encargados de aplicarla?

El único recurso que queda muchas veces a los cubanos son los defensores de derechos humanos, admite un abogado.

La Habana

En diciembre de 2002, Reynaldo Falcón Torres, vecino de Altahabana, fue víctima en un accidente de tránsito que le dejó secuelas de por vida. El tribunal que juzgó el caso impuso una sanción de tres años de limitación de libertad al chofer que lo impactó y ordenó una indemnización de 3.000 pesos.

"Diez años después del juicio, en 2012, pude cobrar 300 pesos del total impuesto por el tribunal y solo porque puse cuatro quejas ante la oficina de Atención a la Ciudadanía del Consejo de Estado y otras tantas ante la Caja de Resarcimientos. Luego, no he cobrado un centavo más", asegura Falcón Torres.

Mientras el Gobierno realiza su "consulta" sobre el Proyecto de Constitución, que deberá derivar en cambios en el Código Penal, muchos cubanos se preguntan cuándo se resolverá un tema más antiguo: que los encargados de hacer cumplir la ley respeten la ley.

Según el Artículo 71.1 del Código Penal, "la Caja de Resarcimientos es la entidad encargada de hacer efectiva las responsabilidades civiles consistentes en la reparación de los daños materiales y la indemnización de los perjuicios. A estos efectos, exigirá el pago a los obligados y abonará a las personas naturales que resulten víctimas del delito las cantidades que les son debidas".

"Pero lo que se indica allí no se cumple", advierte Indira Pérez Hermida, vecina de Pueblo Nuevo, en referencia al apartado tercero del citado artículo, que expresa: "El que, habiendo sido declarado en la sentencia responsable civil por un delito, noabone la responsabilidad a que esté obligado, se le embargará el sueldo, salario ocualquier otro ingreso económico, en la cuantía que disponga la ley".

Pérez Hermida fue víctima, en 2008, de un robo con fuerza. El tribunal impuso al culpable una sanción de privación de libertad de cinco años y, como accesoria, la indemnización a la víctima por 5.000 pesos. No obstante, nunca ha podido cobrar un solo peso, y las autoridades de la Caja de Resarcimientos han evadido durante diez años sus obligaciones.

"¿A quién debo acusar? ¿Al ladrón por no pagar, a la Caja de Resarcimientos por incumplir sus obligaciones, al tribunal por su pasividad ante el irrespeto de sus sentencias, o a la Fiscalía?", pregunta Pérez Hermida.

El jurista independiente Julio Alfredo Ferrer Tamayo apunta que la ausencia de un Tribunal de Garantías Constitucionales y Sociales en el sistema político-jurídico cubano implica una nefasta carencia para lograr una vía expedita y efectiva de defensa constitucional.

Argumenta que "tal tribunal representaría una garantía insustituible, mucho más efectiva que los departamentos, direcciones o áreas de atención a la población de las distintas entidades estatales, para la protección jurídica de los derechos y libertades constitucionales, pues carecen de la fuerza conminatoria requerida".

Considera además el jurista que, en este sentido, el derecho más vulnerado es el previsto en el Artículo 63 de la Constitución —ahora 64 en el Proyecto— referente a que "todo ciudadano tiene derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir la atención o respuestas pertinentes y en plazo adecuado, conforme a la ley".

Sin recursos y sin amparo

Yamiuris Díaz Vilches, madre de Yandis Francisco Vázquez Díaz, un joven de 24 años de edad diagnosticado desde su niñez con discapacidad intelectual ligera, trastorno de conducta y escoliosis periférica, coincide en que la reforma que el Gobierno somete actualmente a "consulta popular" y espera que ratifiquen los cubanos el 24 de febrero de 2019, "deberían garantizar también que se cumpla realmente la ley y que impere la verdadera justicia".

Su hijo fue sentenciado a cinco años de privación de libertad por los delitos de "portación y tenencia ilegal de armas de fuego" y "disparo de armas de fuego" contra una persona.

"Pero nunca se aportaron pruebas contra Yandis, ni durante la fase investigativa de la causa (109/2013) ni en el juicio. Tampoco tuvieron en cuenta su trastorno mental, avalado por todas las instituciones médicas y psiquiátricas".

En un caso similar está Lisley de la Caridad Figueras Arias, adolescente de 17 años de edad diagnosticada con esquizofrenia paranoide y discapacidad intelectual ligera, que permanece encarcelada en la prisión de mujeres del Guatao, bajo la causa 08359/2018, a la espera de un juicio por el presunto delito de "violación de domicilio".

Los familiares de Lisley de la Caridad, también se han personado ante las oficinas de Atención a la Ciudadanía del Consejo de Estado y las autoridades de la Fiscalía Provincial, el Instituto de Medicina Legal y el Ministerio de Justicia, en busca de un recurso de amparo. Ninguna de sus gestiones ha resultado en respuestas de conformidad con lo que dicta la ley.

El Gobierno cubano, desestimando la urgencia de un Tribunal de Garantías Constitucionales, encarga a la Fiscalía General de la República (FGR) la defensa, no solo de las normas constitucionales sino también de toda norma jurídica de cualquier rango, erigiéndose la FGR como titular del control del principio de legalidad.

"Sin embargo, en la praxis, no funciona así. Por ejemplo, son pocos los delitos contra el honor —difamación, calumnia e injuria— donde la Fiscalía intercede en favor de la parte acusatoria", señala una fuente en la Fiscalía Provincial de La Habana.

"Son frecuentes las quejas ciudadanas contra la Policía Nacional (PNR) porque se niegan a tramitar este tipo de acusaciones, adjudicándose un papel que corresponde totalmente a los tribunales", indica la fuente.

Habaneros consultados dijeron desconocer en cuál entidad, a excepción de la oficina de Atención a la Ciudadanía del Ministerio del Interior (MININT), podrían tramitar denuncias por el irrespeto de la PNR tanto a la Constitución vigente como al Código Penal.

"La Policía nunca me ha tramitado las denuncias contra mi exmarido por difamar diciendo que yo me prostituyo, que consumo drogas y mal atiendo a mis hijos. ¿Quién es la Policía para decidir si tal denuncia procede o no, y si la difamación del padre de mis hijos es lesiva contra mi persona o no?", cuestiona Ana Lidia Maturell, vecina de Lawton, quien ha conseguido cartas de las "organizaciones de masas" de su consejo popular contrarias a lo que su expareja dice sobre ella.

Maturell se ha personado en varias ocasiones ante la Fiscalía Provincial. Asegura que nunca le han ofrecido respuesta sobre a dónde podría ir con su denuncia, ni le han respondido si realmente la PNR tiene potestad para decidir cuándo existe delito o no.

El Artículo 50 del Anteproyecto de Constitución incorpora la figura de Habeas Corpus, contenida en el Artículo 467 de la Ley de Procedimiento Penal. En su descripción acota que "(…) quien estuviere privado de libertad ilegalmente, tiene derecho a establecer ante tribunal competente procedimiento de Habeas Corpus, conforme a las exigencias establecidas en la ley".

"Pero quién decide cuándo un ciudadano está privado de libertad 'ilegalmente', esa es la pregunta del millón", indica el abogado de oficio Abelardo Mena.

"El entramado burocrático del sistema de justicia en Cuba es la primera indicación de comportamiento anticonstitucional. La Fiscalía, el tribunal y la Policía son la misma cosa. Y los ciudadanos cubanos, como único recurso de queja, recurren cada vez con más frecuencia a organizaciones defensoras de los derechos humanos".

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