El 21 de abril el régimen de Daniel Ortega sacó de la cárcel a la pareja de músicos nicaragüenses Salvador Espinoza y Xóchilt Tapia, con la condición de que se fueran inmediatamente del país. Al día siguiente ambos llegaron a Alemania con su pequeño hijo, reportó el sitio Infobae.
Casi al mismo tiempo, Josué Monroy, vocalista de la banda Monroy & Surmenage, y Leonardo Canales, productor musical, fueron expulsados a El Salvador y a Costa Rica, respectivamente.
Unos días antes, el 18 de abril, autoridades migratorias nicaragüenses impidieron que entrara al país el fundador del grupo La Cuneta Son Machín, Carlos Luis Mejía, cuando regresaba de un viaje familiar a Miami.
Estos destierros se produjeron en medio de una ola represiva que el régimen de Daniel Ortega desató contra músicos en Nicaragua por la posibilidad de que sus conciertos evocaran la rebelión ciudadana que sucedió en abril, hace cuatro años.
Oficialmente no hubo explicación ni justificación legal alguna para las detenciones ni las expulsiones.
El destierro, una práctica prohibida expresamente por la Constitución Política de Nicaragua, es un arma más del arsenal represivo que utiliza el régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo contra aquellos nicaragüenses críticos de su gestión.
El Artículo 20 de la Constitución nicaragüense establece que "ningún nacional puede ser privado de su nacionalidad. La calidad de nacional nicaragüense no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad."
El Artículo 31 de la misma carta señala, entre otros, los derechos que otorga la nacionalidad: "Los nicaragüenses tienen derecho a circular y fijar su residencia en cualquier parte del territorio nacional; a entrar y salir libremente del país."
Los recientes destierros ocurridos en Nicaragua recuerdan a una práctica a la que cada vez con más frecuencia recurre el régimen de Miguel Díaz-Canel para deshacerse de artistas, intelectuales y activistas opositores, forzar su exilio, como ha hecho con Katherine Bisquet, Hamlet Lavastida, Anamely Ramos, Esteban Rodríguez y Héctor Luis Valdés Cocho, entre otros.
El Artículo 15 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos señala que "toda persona tiene derecho a una nacionalidad. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad."
Eliseo Núñez, abogado y analista político nicaragüense, dijo que las disposiciones legales de Cuba, a diferencia de Nicaragua, sí contemplan la deportación y las autoridades cubanas la han utilizado en los casos de presos políticos con la "condición de sacarlos de la cárcel si hay un país que esté dispuesto a recibirlos". El régimen utilizó esta práctica con los prisioneros del Grupo de los 75 y otros reos políticos a los que envió en 2010 a España.
"Ortega añora al régimen cubano y lo mira como su modelo a seguir, así que no sería extraño que reforme la Constitución en los próximos meses para integrar esta disposición legal que, por ahora, es inconstitucional. Es su forma de actuar. Primero genera los hechos, mira las reacciones y si las reacciones no lo ponen en peligro, lo convierte en ley y luego dice que todo lo actuado es en el marco legal del país", añadió Núñez.
El 8 de noviembre pasado, Daniel Ortega dejó entrever la posibilidad de solucionar "a la cubana" la situación de los presos políticos, quienes podrían ser deportados después de su liberación. "Esos que están presos ahí son los hijos de perra de los imperialistas yanquis. Se los deberían de llevar a los Estados Unidos. ¡No son nicaragüenses, no tienen patria!", expresó iracundo Ortega en ese momento en cadena nacional.
Fidel Castro durante décadas mantuvo un discurso similar hacia los opositores cubanos. Los despojaba de su condición de cubanos al identificar la oposición al régimen con la traición a la patria.
Al tiempo que nicaragüenses son expulsados de su país, el régimen de Ortega otorga ciudadanía a extranjeros perseguidos por la justicia de sus países. Tal es el caso de los expresidentes salvadoreños Mauricio Funes y Salvador Sánchez Cerén. Antes, en los años 80, Alessio Casimirri, condenado a seis cadenas perpetuas por el secuestro y asesinato del primer ministro italiano Aldo Moro, en 1978.