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Economía

El Gobierno cubano permite a las mipymes aceptar pagos en efectivo, pero les dice qué hacer con el dinero

Nuevas resoluciones del Banco Central de Cuba eliminan restricciones al sector no estatal, pero alejan la unificación monetaria.

La Habana
Un negocio privado en Cuba.
Un negocio privado en Cuba. AFP

 El Gobierno cubano amplió las transacciones en divisas permitidas para los actores económicos no estatales, apenas nueve meses después de autorizar esas operaciones de manera temporal, hasta que se solucionaran "los desequilibrios macroeconómicos existentes", según palabras del presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), Esteban Lazo.

La publicación de las resoluciones 102 y 103 del Banco Central de Cuba (BCC) que eliminan restricciones para las operaciones en divisas en la Gaceta Oficial de la República número 76, el 10 de septiembre, demuestra que los desequilibrios se mantienen y que las autoridades apuestan por profundizar la dolarización de la economía, mientras la mayor parte de los cubanos continúa cobrando salarios escuálidos en moneda nacional.

Sobre la segunda, que sustituye a la Resolución 140/2025 del Ministerio de Economía y Planificación, el portal estatal Cubadebate destacó el Artículo 20, que establece que "los actores económicos no estatales aceptan pagos en divisas en efectivo, por decisión del cliente y depositan esos ingresos en las cuentas fiscales en divisas o en moneda nacional, al tipo de cambio vigente en el segmento en que operan".

Ya en 2025 se había aprobado el cobro en divisas en negocios minoristas, en casos autorizados. Con la nueva resolución, el Gobierno elimina la acotación, pero determina qué deben hacer los actores económicos con el dinero. Esto demuestra que, aunque pretende dar una apariencia de liberalización, La Habana no renuncia a su vocación de control.

La Resolución 102/2026 del BCC deroga la Resolución 125 del 10 de diciembre de 2025 para modificar "la operatoria de los depósitos de efectivo en divisas de los actores económicos no estatales" y "los pagos al exterior que realicen por concepto de importaciones, financiamientos y otros conceptos lícitos".

La nueva norma elimina la exigencia a personas jurídicas cubanas y personas naturales autorizadas a realizar actividad económica en divisas de contar una licencia emitida por el BCC para abrir una cuenta en moneda extranjera. También elimina la obligación de ejecutar las importaciones a través de entidades estatales.

La norma derogada limitaba expresamente los pagos al exterior de los actores económicos no estatales a determinadas operaciones: importaciones mediante empresas importadoras autorizadas y gastos relacionados con viajes.

La nueva amplía la posibilidad de hacer ese tipo de pagos por importaciones de bienes y servicios, financiamientos, otros conceptos lícitos vinculados a la actividad económica autorizada, viajes al exterior, extracción de efectivo y otros egresos lícitos.

Respecto a las instituciones religiosas y las asociaciones autorizadas por el régimen cubano, la Resolución 125 establecía que sus cuentas solo podían recibir fondos provenientes de transferencias bancarias del exterior y de otras cuentas en divisas de bancos de Cuba.

La Resolución 102 añade expresamente "depósitos de efectivo de las divisas aceptadas por el Banco Central de Cuba".

En diciembre del año pasado, la presidenta del BCC, Juana Lilia Delgado Portal, afirmó que se fijaba "un plazo temporal" para la autorización de las operaciones en divisa, "porque no hemos renunciado al objetivo de recuperar un entorno monetario donde el peso cubano sea el centro del sistema monetario y financiero".

Nueve meses después, ese objetivo se parece cada vez más a una quimera.

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3 comentarios

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Profile picture for user Balsero

A estas alturas, en cualquier momento en Cuba inventan la rueda y el fuego...

"Los controladores". Así se titula la película de los mafiosos en La Habana.