Al menos seis de los 61 feminicidios confirmados en Cuba por el Observatorio de Género de la revista feminista Alas Tensas (OGAT) hasta el 1 de noviembre fueron cometidos en presencia de menores de edad. El más reciente ocurrió el 20 de octubre. Dos niñas fueron testigos del asesinato de Yudiley Rodríguez Enríquez, de 37 años. Una de ellas era su hija. Para esa menor la experiencia fue doblemente traumática: presenció el crimen que la dejó huérfana.
Con ella, ascendieron a cinco los niños que han sido testigos de las muertes de sus madres como resultado de la violencia machista en 2026, según el subregistro de OGAT. Otro crimen de esta naturaleza, cometido por la expareja de la víctima en la vía pública en Bayamo, fue presenciado por alumnos de una escuela primaria ubicada cerca del lugar de los hechos.
Tras verificar los feminicidios presenciados por los niños que, además, quedan huérfanos como consecuencia de los crímenes, OGAT ha destacado la importancia de que reciban atención psicológica especializada.
¿Pero prevén las normas cubanas protocolos de atención para los menores que, al trauma de perder a sus madres violentamente, añaden el de haber presenciado los hechos? La respuesta es sí, aunque esto conduce a otras preguntas. ¿Qué dicen los protocolos y cómo se aplican?
"En Cuba existe un marco jurídico que contempla la protección, de manera general, de niños, niñas y adolescentes víctimas de la violencia de género. Está el Acuerdo 9231 de 2021 del Consejo de Ministros, que ordenó diseñar procedimientos de protección para menores víctimas de feminicidios", explica la experta de DIARIO DE CUBA en temas legales Maylin Fernández Suris.
"Luego, el Código de la Niñez, Adolescencias y Juventudes (aprobado en 2025) reconoció derechos como la protección, la reparación, la atención psicológica y la no revictimización, y exigió protocolos institucionales específicos", añade. "Sin embargo, que esté en la ley no quiere decir que las autoridades ya lo estén implementando ni que existan mecanismos especializados de intervención ni de acompañamiento psicológico prolongado en el tiempo, protección familiar e indemnización".
Según el testimonio de una jueza cubana en ejercicio, hasta la fecha no existen protocolos específicos de actuación para la atención y protección integral de niñas, niños y adolescentes que hayan quedado huérfanos como consecuencia de un feminicidio o que hayan presenciado estos hechos delictivos.
En la práctica, la Defensoría del Ministerio de Justicia, institución encargada de proteger, garantizar y restablecer los derechos de las personas en situación de vulnerabilidad, incluidos los menores de edad, presta asesoramiento y acompañamiento jurídico en la tramitación de las pensiones de orfandad.
Sin embargo, según la fuente consultada, esta intervención reproduce esencialmente los mecanismos de protección social que ya existían antes de la entrada en vigor del Código de la Niñez, Adolescencias y Juventudes, sin que se hayan establecido prestaciones reparadoras específicamente destinadas a las víctimas indirectas de los feminicidios.
Por otra parte, las Casas de Orientación a la Mujer y la Familia, vinculadas a la oficialista Federación de Mujeres Cubanas (FMC), ofrecen servicios de orientación y asistencia psicológica de carácter general. Según la información proporcionada por la fuente judicial, estos centros disponen de atención psicológica aproximadamente una vez al mes, incluso para asuntos familiares ordinarios, como los procesos de divorcio. A ello se suman las consultas de psicología existentes en las instituciones del sistema nacional de salud.
No obstante, estos recursos asistenciales generales no equivalen a un sistema especializado de intervención psicológica inmediata, acompañamiento continuado y reparación integral para menores afectados por feminicidios.
En consecuencia, persiste una brecha entre el reconocimiento normativo de los derechos de protección de la infancia y la materialización institucional efectiva. A pesar de lo dispuesto en 2021 por el Consejo de Ministros y de lo que establece el Código de la Niñez, Adolescencias y Juventudes, la información disponible no permite acreditar la implementación de un protocolo nacional específico ni de un régimen de reparación económica diferenciado para los menores que pierden a sus madres como consecuencia de la violencia feminicida.
Maylin Fernández Suris considera que los protocolos urgen "porque todos los años hay menores víctimas que quedan huérfanos de madre en Cuba por la violencia de género y además son testigos de esos feminicidios, y hasta ahora no reciben ninguna atención diferenciada, a pesar de que las leyes disponen que se establezcan protocolos diferenciados".