El presunto autor de uno de los tres feminicidios confirmados recientemente en Cuba por los observatorios independientes no solo era reincidente, sino que había sido denunciado por intento de feminicidio por su víctima anterior. Pese al ensañamiento que mostró en el primer crimen, recibió el beneficio de la libertad condicional tras cumplir aproximadamente un tercio de su condena, porque el juez que tomó la decisión de excarcelarlo tuvo en cuenta su edad de entonces y apreció "crimen pasional".
Como explicó a DIARIO DE CUBA la directora de la revista feminista Alas Tensas, Ileana Álvarez, tras la verificación del feminicidio de Jessica Castillo, ocurrido el 15 de junio en Pinar del Río, su presunto agresor había asesinado a una adolescente de 16 años que había sido su pareja, en 2011.
Esa primera víctima fue identificada por los observatorios de género de Alas Tensas (OGAT) y la plataforma Yo Sí Te Creo en Cuba como Emelinda, en una publicación en Facebook, en la que reprocharon la revictimización de que fue objeto la joven entonces, debido al mal proceder de las autoridades. También señalaron las carencias de las leyes cubanas, evidenciadas con el nuevo feminicidio y reiteraron la necesidad de que sea aprobada una ley integral contra la violencia de género en la Isla.
Emelinda había denunciado a su agresor por intento de asesinato, antes de que le quitara la vida. Él tenía entonces 17 años. En la sentencia, a la que tuvieron acceso los observatorios, las juezas afirmaron que el asesino actuó de manera brutal y mostró indiferencia hacia el cuerpo de la persona que decía amar. No apreciaron ningún atenuante en el crimen y le impusieron una pena de 20 años de privación de libertad. Cumplió alrededor de siete.
"Lo liberaron, porque tenía 17 años cuando cometió el primer crimen y el juez consideró que era un crimen pasional lo que había pasado y que no debía cumplir la condena en total", explica a DIARIO DE CUBA Ileana Álvarez.
"Por eso hicimos la nota, un poco para hacer justicia restaurativa con esa muchacha. Ese crimen no se dio a conocer. En ese momento, no había ni internet ni nada y no se difundió, aunque sí se difundieron las fotos de cómo había quedado la muchacha después de asesinada, a través de las memorias USB. También hablamos de eso", dice Álvarez en referencia a la revictimización de que fue objeto Emelinda.
En su post, los observatorios refieren que los pobladores del pinareño municipio San Luis, donde ocurrió el feminicidio, no olvidan "el mal proceder de las autoridades y personas inescrupulosas, pues las fotos de la escena del crimen circularon de memoria USB en memoria USB".
La directora de Alas Tensas también critica la falta de protocolos en Cuba para proceder a la excarcelación del autor de un asesinato, a diferencia de países como España.
"No hay protocolos para saber si estas personas que han cometido un crimen están aptas para reinsertarse en la sociedad y no volver a cometerlo. Aquí (en España) existe todo tipo de protocolos: psicológicos, legales… sobre todo para evaluar si la persona está apta para reinsertarse en la sociedad y no volver a cometer un crimen feminicida", sostiene.
En su publicación, los observatorios señalaron que el Código Penal aprobado en Cuba en 2022 "estipula condiciones muy subjetivas para el otorgamiento de la libertad condicional" y citaron el artículo relativo a ese beneficio que pueden recibir los presos.
Artículo 89.1. El tribunal puede disponer la libertad condicional del sancionado a
privación temporal de libertad o trabajo correccional con internamiento si, apreciando sus condiciones individuales y su comportamiento durante el tiempo de reclusión, existen razones fundadas para considerar que se ha enmendado y que los fines de la sanción se han alcanzado sin necesidad de ejecutarse totalmente la misma; de conformidad con lo establecido en la ley.
2. El tribunal, de manera excepcional, cuando se trate de delitos contra la seguridad del Estado, terrorismo, los vinculados a la corrupción administrativa y económica, a las drogas ilícitas u otras sustancias de efectos similares o a la delincuencia organizada, contra la vida y en aquellos otros que su lesividad social lo justifique; puede fijar en la sentencia que el sancionado extinga dos tercios o más de la sanción de privación temporal de libertad impuesta, como requisito para valorar la concesión de la libertad condicional.
Ambas organizaciones pidieron a la ciudadanía dejar de revictimizar tanto a Emlinda como a Jessica. "El empoderamiento de las mujeres y demás personas afectadas por la violencia de género necesita de sensibilización, educación, de activismos, los cuales a día de hoy siguen criminalizados, como sucede con el activismo feminista", apuntaron y señalaron la urgencia de una ley integral contra la violencia de género en Cuba.
En diciembre de 2023, OGAT, Yo Sí Te Creo y otras organizaciones solicitaron a la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba (ANPP) la aprobación de esa norma, que han venido reclamando por años.
La respuesta del órgano legislativo cubano llegó el 19 de febrero. Según la funcionaria que transmitió la respuesta mediante una llamada telefónica, las cuestiones planteadas en la petición estaban siendo valoradas por el órgano legislativo.
"El caso fue revisado por la dirección de la Asamblea Nacional y todas estas cuestiones se están valorando", dijo la funcionaria de la ANPP.
"Porque usted sabe que hay un cronograma legislativo y dentro de él hay varias cosas que se manejan ahí que se van a tener en cuenta", añadió la funcionaria, que no se identificó, según dio a conocer entonces Álvarez a DIARIO DE CUBA .
Sin embargo, el cronograma cubano para el periodo 2023-2027, publicado en junio de 2023 en la Gaceta Oficial de la República, no incluye una ley contra la violencia de género.