La estrategia del Gobierno cubano en torno al tema del matrimonio igualitario ha sido una "cortina de humo", un "entretenimiento" para "alejar el foco de asuntos más importantes". Así lo consideran varios especialistas en temas jurídicos consultados por DIARIO DE CUBA.
El martes la Asamblea Nacional del Poder Popular propuso que la definición de matrimonio saliera del Proyecto de Constitución para incluirla en el futuro Código de Familia.
Según Mariela Castro Espín, que desde el CENESEX ha querido convertirse en paladín de los derechos LGBTI, la fórmula propuesta esta semana sostiene la esencia del artículo anteriormente propuesto (68) "pues borra el binarismo de género y heteronormatividad con el que estaba definido el matrimonio en la Constitución de 1976".
La variación estriba en la sustitución de "personas" por "cónyuges", cuestión que, según Castro Espín, "mantiene la posibilidad de que todas las personas puedan acceder a la institución matrimonial".
En opinión de la abogada Laritza Diversent, el artículo 68 del Proyecto de Constitución "fue una cortina de humo".
"Fue un entretenimiento para alejar el foco de otros temas fundamentales como la elección indefinida del presidente, la falta de alternancia política en la constitución, por solo poner un ejemplo", advierte.
"Las iglesias evangélicas pudieron salir a manifestarse públicamente en las calles. Hay personas que han intentado hacer una sentada frente al Ministerio de Cultura y en sus casas se han plantado patrullas para impedirlo", recuerda.
"Hay una distinción, una discriminación. Ninguna de esas iglesias hace absolutamente nada si no hay un permiso por parte del Partido Comunista de Cuba (PCC), desde la Oficina de Asuntos Religiosos, que es la que ejerce el control", argumenta.
Sobre el concepto de matrimonio, opina que "no es un contenido constitucional" y como tal podría estar "perfectamente regulado en una ley".
"Que tengan todos los mismos derechos sí debe estar plasmado en la Constitución", aclara. Y añade: "Si (el matrimonio) va a ser una distinción en la propia Constitución y se va a reconocer como hasta ahora, entonces deberían mantener el propuesto artículo 68".
El Código de Familia cubano lleva unos 11 años en propuesta de reforma, según ha informado el propio estado cubano, recuerda Diversent. Añade que el término de cónyuge, según ha construido la referida ley, "se refiere a hombre y mujer".
Sobre los dos años que tendrá la Asamblea Nacional para legislar este nuevo Código de Familia, y el anunciado referendo, la directora del Centro de Información Legal (CUBALEX) tiene reservas.
"Yo no estoy de acuerdo con que se lleve a plebiscito el reconocimiento de un derecho. Hay unos contenidos de la Constitución que no se van a llevar a plebiscito", declara.
"Por otro lado, la Asamblea Nacional ha sido un órgano del Estado bastante ineficaz", considera.
Lamenta que hasta el momento el órgano sigue sin dar respuesta a muchos reclamos y cita como ejemplos la Ley de medios o la Ley de cine.
"Encargarle al Parlamento que elabore una nueva ley (el Código de Familia), teniendo en cuenta todo el trabajo que han venido haciendo hasta ahora, es un craso error. Primero porque los diputados son políticos y no se dedican a tiempo completo a la legislación", indica.
"Se reúnen dos veces al año, tres días (…) La Asamblea es un órgano ineficiente. En realidad, quien asume las funciones de legislar, y lo hace a través de decretos, es el Consejo de Ministros", resume.
Cuestión 'política más que jurídica'
La decisión de la Asamblea Nacional en torno al matrimonio es descrita por una experta en constituciones consultada por DIARIO DE CUBA como una cuestión "política más que jurídica", como suele estar detrás de muchas constituciones.
"Lo que preocupa de esta Constitución cubana, como muchas otras, es que deja los temas al desarrollo de la legislación posterior", añade.
El problema es que, según la legislación actual, la definición engloba precisamente "un hombre y una mujer".
"Habría que esperar la promulgación de esa Ley. Sin embargo, hay unos precedentes que determinan que eso no va a ser tan sencillo", señala la especialista, en referencia a la fuerte campaña desplegada por las iglesias evangélicas a favor de lo que consideran "diseño original" de familia.
"A veces los grupos conservadores tienen mucha más fuerza porque tienen más presupuesto. Yo lo que veo aquí es que hay una incidencia importante de los grupos religiosos sobre la propuesta de reforma constitucional, y eso es claro, así Mariela Castro diga que no se ha retrocedido al incorporar el término 'cónyuge'", sostiene la experta.
"Ahora lo que corresponde es que tanto la sociedad civil y grupos de apoyo a los movimientos LGBTI y en general de derechos estén atentos a la promulgación posterior de una legislación que especifique qué se entiende por cónyuges", alerta.
A su juicio, "la propuesta de Constitución debió haber incluido el término de 'personas', tal y como estaba, porque es mucho más fácil que dejarle a una ley esa determinación".
"Hay toda una connotación religiosa y conservadora detrás, por lo que se podría vaticinar que el resultado final va a ser la definición tradicional de familia, entre un hombre y una mujer".
Sustituir "cónyuges" por "personas" en un texto de este tipo "sí es un retroceso, porque deja este concepto al derecho civil", considera.
Cuestiona además cómo se ha llevado a cabo el proceso de reforma constitucional en Cuba.
"La forma de las propuestas de reforma constitucional es clave. La forma significa legitimidad, si no tienes en ella la representación de las voces de la mayoría de los sectores más vivos de la sociedad, solo tienes una constitución parcial", argumenta.
En este sentido, afirma que el proceso en Cuba "carece de los requisitos procedimentales que una propuesta de reforma constitucional debería tener".
En cuanto a Castro Espín, la constitucionalista opina que, "para mostrar cohesión, no va decir que perdió una batalla, sino que tiene que adaptarse al discurso aunque se tenga que tragar alguna molestia", algo que describe como "típico de los regímenes totalitarios".
¿Disposiciones anticonstitucionales?
Para el abogado Julio Ferrer Tamayo, "la pretensión del Estado cubano no ha sido incluir el tema del matrimonio en la Constitución".
"El nuevo texto constitucional nace de los compromisos que tiene Cuba ante el examen periódico en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, donde se le han hecho señalamientos", sostiene.
"En Cuba los homosexuales fueron perseguidos. El Gobierno, para tratar de ponerse a tono con las corrientes progresistas en el mundo, introdujo el tema para presentarse como Estado de derecho, inclusivo. Pero no hay tal inclusión. Aquí hay exclusión y discriminación en un sinnúmero de sentidos", considera.
Ferrer Tamayo cuestiona que "no hubo un sondeo previo al pueblo" para presentar el texto de la futura Constitución por muchas "consultas populares" que se hayan realizado.
"No se hubieran metido en este problema. En realidad, la sociedad en general, con todo ese sistema de educación que el Gobierno celebra, no es abierta ni tolerante en ese sentido", dice.
Considera la deriva del tema del matrimonio al Código de Familia como "un mal procedimiento".
"Eso es también anticonstitucional. La reforma debió salir desde el soberano, que ciertamente es el pueblo, desde abajo, recoger todo eso y hacer un proyecto", afirma.
"Esta cuestión (el matrimonio igualitario) no puede incluirse en el Código de Familia. Si estamos partiendo de que la Constitución es la Ley de leyes, donde se tratan las pautas políticas, los derechos de los ciudadanos, y el Código de Familia es una ley jerárquicamente inferior a la Constitución; si esta dice que el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer con aptitud legal para eso, el Código de Familia no puede establecer un precepto que contradiga eso. Aunque lo han hecho. Ellos en Cuba han hecho disposiciones anticonstitucionales", apunta Ferrer Tamayo.