La santiaguera Sonallis Cabrera Leyva quedó desempleada después de pasar un año contratada por tiempo determinado en el Hospital Provincial Saturnino Lora. Cabrera Leyva, a quien cerraron el contrato después de haber quedado embarazada, dice sentirse desprotegida en una carta que envió al espacio "Buzón abierto" del periódico oficial Trabajadores.
En una detallada misiva en la que denuncia "la falta de justicia en su caso", explica que "comenzó a trabajar en el mes de agosto de 2016, en el Departamento de Admisión, por una contrata de tres meses, que le fue renovada en tres ocasiones, a pesar de que no recibió copia oficial".
En marzo informaron que existían dos plazas vacantes en el departamento y le dijeron que entregara la documentación necesaria a Recursos Humanos para hacerla fija. Sin embargo, esto nunca ocurrió, simplemente le renovaron el contrato por tiempo determinado.
En una ocasión en que se dirigió a Personal para verificar lo referente a la plaza, después de un mes, le dijeron que faltaba un documento de su superior para proceder. Cuando le preguntó, su jefe afirmó que ya era fija y culpó a Recursos Humanos; le comunicó que habían puesto a otra persona por error y la tranquilizó diciendo que "ya todo estaba resuelto".
Según el testimonio de la trabajadora, citada por el medio estatal, tras indagaciones personales, supo que no era tal "equivocación": su jefe orientó hacer fija a una compañera en lugar de a ella.
Cabrera Leyva dijo en su carta a "Buzón abierto" que, "para su sorpresa, al cumplir nueve meses en el centro, se dio cuenta de que estaba embarazada, pero siguió cumpliendo con el trabajo". Declaró que se sintió "incómoda porque los colegas le habían dicho que por su estado podían cerrarle automáticamente el contrato".
Durante la atención a su embarazo, le orientaron asistir a la consulta de Genética y le prescribieron un certificado médico por una semana, luego se reincorporó el 6 de agosto.
Pocos días después, la responsable de Recursos Humanos le dijo "que no podía trabajar más, pues al ser contrato no podía estar embarazada y que su jefe no le daría la plaza".
De todos modos ella siguió laborando esa semana y el viernes fue citada por el jefe superior, quien le comunicó que ese era su último día, pues la persona por la que estaba contratada regresaría de su licencia de maternidad.
La trabajadora considera que a la entidad le corresponde asumir el pago de la licencia retribuida por maternidad porque trabajó diez meses de forma ininterrumpida, arribó a las 22 semanas de gestación y cuando le cerraron el contrato no se había vencido y tampoco fue avisada con antelación de esta decisión.
Cabrera Leyva, que asegura sentirse discriminada por su estado, deja una serie de interrogantes que el medio estatal reproduce: "¿Por qué si estuve vinculada ininterrumpidamente durante 12 meses y existían plazas vacantes no se me otorgó una?, ¿Se puede cerrar el contrato por tiempo determinado a un trabajador en este estado sin previo aviso?".
Asimismo, se pregunta dónde queda la protección del Estado a la mujer y madre trabajadora y cómo va a mantener a su bebé, si ha quedado desprotegida y en estos momentos sí le es difícil trabajar para sostenerse.
Una comentarista que se identifica como especialista en organización del trabajo y los salarios de una empresa considera que en el caso se manifiestan al menos tres violaciones.
Según la usuaria la primera se evidencia en que "si existía plaza vacante en el departamento donde laboraba Sonallis y ella llevaba más de un año trabajando de forma continua de contrato determinado" debía haberse contratado "indeterminadamente si cumplía con los requisitos para el cargo".
También cree que hay violación en que no se haya presentado el caso a un Comité de Expertos y haya sido su jefe inmediato el que decidiera "quién queda fijo o sigue de contrato".
Por último opina que la administración debió darle por escrito a la trabajadora en un periodo de antelación no menor de 15 días la notificación de la terminación de las relaciones laborales.
En ninguno de sus artículos, el Código de Trabajo y el Decreto Ley No.339/2016 de la Maternidad de la Trabajadora fundamenta que por ser mujer y quedar embarazada, sea el tipo de contrato que sea, se debe dar por terminada la relación laboral, dice la comentarista.
En una estrategia para enfrentar el envejecimiento poblacional, el Gobierno aprobó dos Decretos-Leyes y cuatro resoluciones en enero de este año con el fin de estimular la fecundidad, la incorporación y reincorporación al trabajo de la mujer, así como la participación de otros familiares en el cuidado y atención de los menores.
Las políticas del Gobierno en este sentido no son más que cosméticas y según consideraciones de la propia población estas se queden muy lejos de las aspiraciones de las familias que consideran tener hijos.