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Derechos humanos

Cubanos, todavía es posible lograr la suspensión del acuerdo entre la Unión Europea y el régimen

El abogado Edel González Jiménez explica en DIARIO DE CUBA una vía a la que no ha recurrido la sociedad civil.

Madrid
Ilustración.
Ilustración. Diario de Cuba

Si algo demostró la visita a Cuba en noviembre de 2023 del representante de la Unión Europea (UE) para los derechos humanos, Eamon Gilmore, fue que el Acuerdo Político de Diálogo y Cooperación firmado entre La Habana y el bloque en 2016 no tiene ninguna utilidad para lograr avances democráticos en la Isla.

El régimen no dejó de reprimir durante la estancia del funcionario europeo en La Habana ni ha dejado de hacerlo tras su partida. No existe ninguna presión por parte de la UE que disuada al castrismo de pisotear los derechos de los cubanos.

El Artículo 85, apartado 3, letra b del Acuerdo, establece una cláusula de suspensión, en caso de violaciones de derechos humanos. Sin embargo, pese a conocer las infracciones de La Habana, la UE mantiene el pacto y la financiación a estructuras administrativas y organizaciones incondicionales al régimen.

Las denuncias de activistas cubanos y europarlamentarios para que el bloque respete lo pactado y suspenda las relaciones con el régimen han caído en saco roto. Pero el exjuez cubano Edel González Jiménez asegura que existe una vía a la que la sociedad civil no ha recurrido aún y explica en qué consiste, así como sus pros y sus contras, en entrevista con DIARIO DE CUBA.

"Existe violación unilateral del Acuerdo y (el régimen de) Cuba ha gozado de impunidad. El accionar político desarrollado hasta ahora por actores de la sociedad civil independiente de Cuba y por políticos o grupos de partidos de la UE no ha sido del todo efectivo, porque no han logrado mayoría en los debates. Continúan la represión de libertades y el sostenimiento de un escenario legal adverso al desarrollo de estas. Estos simples elementos demuestran el incumplimiento de una parte esencial del Acuerdo", sostiene el jurista.

"Queda por agotar entonces la vía judicial diseñada en el marco de la UE, que consiste en demandar a representantes de países de la Unión y de instituciones que deciden sostener un estado de inejecución de partes esenciales del Acuerdo, como lo relativo de los derechos humanos". 

"En principio la UE y los Estados miembros no pueden relacionarse con Estados que violen los derechos humanos y menos con Estados que no muestran voluntad de cambio para mejorar".

"La demanda puede ser presentada por un conjunto de ciudadanos europeos, incluidos cubanos de doble ciudadanía, que demuestren ser afectados por la represión existente en la Isla y por la acción u omisión dañina de Estados miembros o instituciones de la UE respecto al Acuerdo", explica el abogado. 

"También pueden presentarla ciudadanos europeos que, sin ser afectados por las violaciones de derechos humanos que comete el régimen cubano, tengan el interés de defender los principios y valores contenidos en los tratados fundacionales de la Unión Europea, particularmente aquellos mandatos establecidos en el Tratado de la UE", añade González Jiménez.

"Específicamente, el Artículo 5 dice que 'en sus relaciones con el resto del mundo, la Unión afirmará y promoverá sus valores e intereses y contribuirá a la protección de sus ciudadanos'. También dice que contribuirá a "la erradicación de la pobreza y la protección de los derechos humanos".

"Por eso, cualquiera puede denunciar alegando la infracción del Artículo 5 del Tratado de la UE, sin tener que demostrar que las violaciones a los derechos en Cuba le afectan. Lo que persiguen es que no se viole el Derecho Europeo", señala el abogado.

"La Unión ha de ser una estructura supranacional de derecho, justicia y legalidad. Un reafirmador del Derecho Internacional. No basta con que así lo declare, debe demostrarlo", apunta González Jiménez.

"Este precepto sería el argumento fundamental a esgrimir en la demanda ante el Tribunal de Justicia Europeo, ente velador del cumplimiento de tales normas. La pretensión esencial sería el fin del Acuerdo o la exigencia de una moratoria hasta el cumplimiento por el Gobierno de Cuba de la parte sobre los derechos humanos".

¿Cuáles serían los pros y los contras de esa vía?

"A pesar de ser una acción judicial, los pros serían de relevante significado político difíciles de evadir.  Una vez llegada la demanda al Tribunal de Justicia Europeo, al margen de la discusión política que se generará en el seno del Consejo y demás instituciones del bloque, quedan en jaque oficial los Estados miembros e instituciones de la UE identificados como parte demandada por los demandantes", explica el exjuez.

"Ello implica que los señalados deberán contestar a la demanda. La contestación estará procedida por discusiones políticas internas en estructuras democráticas de países y de la Unión, espacios en los que confluyen aliados y no aliados del régimen cubano. Según la práctica, se intentará negociar una posición común para responder a los demandantes, pero la polarización de opiniones existente entre los Estados miembros, la independencia de poderes y el tecnicismo jurídico/constitucional existente podrán frenar cualquier intento de subvertir la realidad que se impute".

"En paralelo, la prensa y los comunicadores harán su papel. Todos los demandados deberán transparentar por qué se vinculan a un Estado violador de derechos humanos. En el terreno público y judicial se afirmarán o eliminarán tesis de apoyo al Acuerdo de Diálogo firmado entre países miembros de la UE y el Gobierno de Cuba".

"El hecho de que la maquinaria judicial estremezca el asunto sería en sí una victoria y constituiría un paso de avance decisivo para que la UE valore la relación que tiene con el Gobierno cubano".

González Jiménez recuerda que el Estado cubano no está obligado a cumplir las normas del derecho europeo, por ejemplo del Artículo 5 del Tratado de la UE, por lo que solo será un espectador del proceso. No obstante, "estará muy interesado en el resultado", afirma. "Tendrá que moverse, aunque no sea interpelado, si desea salvar relaciones con la UE y Estados miembros fundamentales de su conveniencia. Deberá pensar con un nuevo enfoque en el tema, pues recibirá presión debido a las exigencias que impondrán disposiciones del tribunal".

"Los contras de esta vía estarían centrados en identificar un grupo de ciudadanos comprometidos con llevar a vías de hecho la acción judicial", apunta González Jiménez. "Sostener y acompañar a los demandantes en el esfuerzo, y procurar impacto, significa invertir recursos económicos en movilizar capital humano especializado, como juristas adscritos a un bufete, así como profesionales y expertos de otras disciplinas con capacidades de responder oportuna y acertadamente a los descargos de los demandados que no decidan allanarse a la reclamación".

Por último, el abogado señala el tiempo como uno de los obstáculos para la vía judicial. "La justicia puede tardar en llegar, pero hay que dar el primer paso. Es recomendable combinar la demanda con el sostenimiento de las acciones políticas que se han venido realizando hasta el momento".

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4 comentarios

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manda p.... esto... ese señor abogado Edel González Jiménez era presidente del Tribunal Provincial de Santa Clara... sera otra movida G2?

Vedado, aquí, como dicen los dominicanos, “no es fácil”. Si son de cualquiera pinta política y se quieren unir a desbaratar el manicomio, tienen la bienvenida. Y si quieren seguir con el yugo de esclavo viendo la diferencia del capitalismo al comunismo feudal y hambriento, que solo viven los de arriba, pues son libre de regresar al infierno o ser perseguido por el FBI.

Wow, eso está interesante. Por lo económico, para presentar esa demanda, yo creo que no hay problema. Aquí hay casi un millón y medio de ciudadano cubano americano que estarían dispuestos abonar su dinero para demandar a esos diputados. Y ciudadano cubano de nacionalidades, española, francesa, italiana hay otro medio millón viviendo en Europa. Que esperan.