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Represión

¿Está vivo César Iván Mendoza Regal?

Nadie ha visto al activista cubano desde los primeros días de noviembre. Entonces estaba en manos de la Seguridad del Estado.

La Habana

El pasado 23 de octubre de 2017, César Iván Mendoza Regal, abogado, coordinador del Centro para el Desarrollo Local (CEDEL) y miembro de la Red de Cultura Inclusiva, debía viajar a Estados Unidos, al igual que Roberto Jiménez, su amigo y representante nacional de Juventud Activa Cuba Unida (JACU).

Debían verse en el aeropuerto de madrugada, pues ambos saldrían en el mismo vuelo, pero ninguno de los dos pudo abordarlo.

Los dos activistas compartían entonces el hecho de tener pocos allegados que repararan en su desaparición. Roberto Jiménez no tenía a ningún familiar y, César Iván Mendoza, solo a su padre.

Ya no le queda nadie. En los primeros días de enero de 2018, el padre de César Iván, viudo y con su hijo desaparecido, se ahorcó.

Dos semanas después de la desaparición de Roberto y César Iván comenzaron en las redes sociales y la prensa independiente las denuncias. Roberto apareció pocos días después y es por su testimonio que puede presumirse la suerte de César Iván.

Cuenta Roberto Jiménez en un documento dirigido al Tribunal Popular Municipal de Marianao, que el 23 de octubre de 2017, cerca de las 4:40 de la mañana, fue detenido el taxi en que se dirigía al aeropuerto por una patrulla ocupada por cuatro sujetos vestidos con uniformes de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR).

Aquellos hombres tomaron sus pertenencias y obligaron al taxista a irse del lugar, luego le comunicaron a Roberto que estaba detenido.

Al exigirles el acta de detención, uno de los policías lo golpeó y, por la fuerza, lo montaron en la patrulla. Dentro del vehículo, cuando volvió a exigir el documento, fue golpeado nuevamente y le presionaron la cabeza contra las piernas para impedir que viera el lugar al que se dirigía.

En el lugar de destino lo esperaba un oficial del Ministerio del Interior (MININT) que se presentó como el mayor Roberto. No fue hasta llegar a una celda en la que había dos reclusos que supo que se encontraba en 100 y Aldabó.

Comenzó una serie de interrogatorios que no medían hora del día, extensión, ni el frío intenso de las habitaciones. Supuestamente, el activista estaba recluido por delitos tipificados por el Código Penal (asociación, reunión y manifestación ilícitas), así como la Ley 88 (contra el que "acumule, reproduzca o difunda material de carácter subversivo"), conocida como Ley Mordaza, un instrumento que sirvió a Fidel Castro para confinar a los 75 presos de la Primavera Negra del año 2003.

La agresividad del internamiento motivó que el 3 de noviembre Roberto comenzara una huelga de hambre. Un día después, fue conducido a un sitio, presumiblemente fuera de la prisión, pues debió ir nuevamente con la cabeza entre las piernas. Al llegar al lugar fue confrontado con César Iván.

Distaba de conocer Roberto entonces que sería aquel el único encuentro fiable con que contamos los amigos y colegas de César Iván para saber que en esa fecha el activista estaba vivo.

El encuentro fue sorprendente para Roberto Jiménez. Su amigo César Iván, al parecer, colaboraba con el oficial y pretendía convencerlo de que aceptara los cargos que le imputaban, todos falsos. La reunión apenas duró unos minutos, pues entre Roberto y César surgió una acalorada discusión.

A todas luces, César Iván no había soportado el régimen de tensión a que había sido sometido. Roberto Jiménez no solo negó los cargos imputados, sino que calificó su encierro de "secuestro" y persistió en la huelga de hambre para protestar por el tratamiento vejatorio y degradante que sufría.

El 6 de noviembre le notificaron que le cambiaban la medida cautelar que supuestamente había significado su prisión, por otra de Obligación Contraída en Acta (OCA), que lo obliga a ir semanalmente a la prisión de 100 y Aldabó.

Desde entonces, no ha habido ninguna constatación directa de cuál ha sido la suerte de César Iván.

Un extraño procedimiento penal

Para quien ve la grabación de su presentación ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en donde refirió la situación de las personas con discapacidad en Cuba, la suerte actual de César Iván no deja de ser conmovedora.

"Solicitamos a esta comisión que esté pendiente de nuestro regreso a la patria, porque se han dado casos en que los aquí presentes y otras personas que han venido a esta comisión a dar su testimonio, una vez que regresan a Cuba han sido reprimidos por el Gobierno cubano tratando de acallar nuestra voz", declaraba en los primeros días de septiembre de 2017, un mes y medio antes de su desaparición.

El 15 de febrero de 2018, sus amigos Juan Carlos Linares y Eduardo Ortiz Ramírez hicieron una solicitud de habeas corpus a la Sala de lo Penal del Tribunal Provincial de La Habana, alegando la situación de desaparecido de César Iván Mendoza.

De tomar curso, el habeas corpus exige que el detenido sea presentado ante el tribunal para que pueda verificar su situación física y emocional. Todo ello según la Ley de Procedimiento Penal.

Los jueces que valoraron la solicitud, encabezados por Gladys María Padrón Canals, de la Sala de Delitos Contra la Seguridad del Estado en Función de lo Penal, la desestimaron. Se fundó la decisión en que, cinco días después de la presentación de la solicitud de habeas corpus, se presentó en la sala "un instructor del Departamento de los Delitos contra la Seguridad del Estado" con un expediente de fase preparatoria en el que constaba la detención de César Iván Mendoza el 23 de octubre de 2017 a las 20:00 horas "por la comisión de un presunto delito contra el orden público".

La argumentación técnica para la negación del habeas corpus genera numerosas interrogantes. La principal de las cuales es ¿por qué desestimó el tribunal la solicitud de habeas corpus a pesar de que, en su texto, se plantea la desaparición de César Iván, el suicidio de su padre durante su desaparición y la ausencia de allegados que pudieran reclamar por su suerte?

El proceder del tribunal es inquietante

Según Julio Ferrer Tamayo, abogado especialista en Derecho Penal y miembro del Centro de Información Legal Cubalex, "el tribunal debió aceptar la solicitud de habeas corpus para pedir que presentaran a César y constatar de por sí que no estaba desaparecido y que su vida no corría peligro. Pero en su valoración los jueces se hicieron eco de la versión de un instructor, convirtiéndose en testigos de referencia y no en testigos de viso, que es testigos de vista; o sea, 'yo soy testigo porque yo lo vi'".

Ilustra el abogado que semejante decisión "rompe la necesaria imparcialidad de la administración de justicia, porque si el instructor da una versión, ellos debieron haber llamado a los solicitantes para comunicarles la versión que dio el instructor y darles la posibilidad de aceptarla, combatirla o presentar algún elemento de prueba para contrarrestarla".

"Además, ese proceso debieron hacerlo después de aceptar la solicitud de habeas corpus. La actuación del tribunal vulnera el derecho a la defensa y da la impresión de existir un concierto entre los jueces y el instructor dejando fuera a los solicitantes", señala.

De la respuesta dada por el tribunal para negar la solicitud de habeas corpus, el especialista legal deduce otro problema no menos inquietante.

"El delito imputado contra César Iván, según la respuesta del tribunal, es 'de orden público'. Ese es un delito de baja importancia, que no puede ser cubierto con una medida de prisión provisional. Los delitos contra el orden público son de competencia de Tribunal Municipal, que tiene previsto un marco sancionador de uno a tres meses de privación de libertad, y multa de hasta 100 cuotas. Su figura agravada, o sea los dirigentes o promotores de esa asociación ilícita, tiene sanción de tres meses a un año o multa de 100 o 300 cuotas. Ese tipo de delito no requiere de la intervención del fiscal para llevarlo ante el tribunal, es decir, que el fiscal presente conclusiones acusatorias".

Por esta razón, "César está ilegalmente preso, violando la garantía establecida en el Artículo 59 de la Constitución, que declara en su primer párrafo que 'nadie puede ser encausado ni condenado sino por tribunal competente en virtud de leyes anteriores al delito y con las formalidades y garantías que estas establecen'".

La suerte actual de César Iván Mendoza es desconocida. El dolor que causa en quienes le conocimos ha motivado acciones diversas en aras de clarificar su situación, pero hasta el momento de escribir estas líneas no han dado resultados.

Los cargos de asociación ilícita o cualquier otro de los imputados contra él y Roberto Jiménez son desestimables en cualquier proceso que respete mínimamente las garantías legales, pero para llegar a ello, primero César Iván Mendoza Regal tendría que aparecer.

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