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Represión

En Cuba la prisión provisional no es medida cautelar sino sentencia previa al juicio, y esta es la prueba

Su excesiva aplicación responde a varios factores, señalados a DIARIO DE CUBA por profesionales en servicio activo en la Isla.

La Habana
Una cárcel en Cuba.
Una cárcel en Cuba. Lainformación.com

Los cubanos Javier Reyes Peña, Enrique González Infante, Carlos Alberto MacDonald Ennis, Maikel Gil Ramírez, Carlos Camacho Ochoa, Guillermo Carrero López y Carlos Manuel Santisteban Saavedra llevan más de un año presos en el penal El Típico, de Las Tunas, sin acusación formal, y constituyen una prueba fehaciente de que el régimen no emplea la prisión provisional como medida cautelar, sino como castigo, en violación de sus propias leyes.

Esos cubanos han sido condenados y sentenciados antes de ser hallados culpables en  juicio, e incluso antes de que se precise de qué delito se sospecha su culpabilidad. Aún si al ser juzgados fueran declarados inocentes —posibilidad bastante remota— ya habrían cumplido parte de una sentencia no dictada.

Según la Ley del Proceso Penal, aprobada en Cuba en 2022, transcurridos 90 días de la detención —que pueden prorrogarse hasta 180 días—, sin que se haya celebrado juicio ni se hayan presentado cargos formales contra el asegurado con la prisión provisional —la medida cautelar más severa prevista en la citada ley—, tanto el fiscal como los jueces deben acelerar la vista oral o cambiar la medida por otra que no implique internamiento.

Los prisioneros en esa situación, en principio, deberían ser liberados por presumirse su inocencia. El caso de los siete cubanos mencionados antes, encerrados desde finales de marzo de 2024, demuestra que la ley, pese a haber sido elaborada de acuerdo a los interese del régimen, no se cumple.

Los cubanos mencionados, detenidos en virtud del Expediente de Fase Preparatoria 237/2024 del órgano de Instrucción, acusados sin pruebas de pertenecer al movimiento opositor Cuba Primeroincluido recientemente en la lista de supuestas organizaciones "terroristas" por parte de La Habana— no han sido formalmente imputados por ningún delito. La información que reciben ellos y sus familiares desde hace más de un año es que la fiscal general de la República analiza su situación, según fuentes de DIARIO DE CUBA.

En una situación similar se encuentra el escritor y periodista independiente José Gabriel Barrenechea Chávez, quien ya lleva ocho meses preso sin una petición fiscal, pese a estar acusado de desórdenes públicos por participar en una protesta contra los apagones en el villaclareño poblado de Encrucijada, en noviembre del año pasado.

A inicios de junio, en la vista del Habeas Corpus presentado por los familiares del preso político, el Tribunal Provincial de Villa Clara denegó la petición de libertad a su favor.

La violación de la Ley de Procedimiento Penal, de la que constituyen ejemplos Barrenechea Chávez y los presos mencionados anteriormente, no es casual ni se debe a determinados descuidos.  Responde a varios factores señalados a DIARIO DE CUBA por un abogado, un fiscal y dos juezas, todos ellos en servicio activo.

Incremento de los delitos más graves: Los robos con fuerza, el hurto y sacrificio ilegal de ganado mayor, el robo con violencia, los hechos de sangre; los delitos de violencia contra la mujer, como amenazas, asesinato y agresión sexual; la corrupción de menores, el consumo y tráfico de drogas, y los delitos vinculados a la corrupción administrativa, como el desvío de recursos de las empresas y entidades estatales, han aumentado de manera preocupante y sin precedentes en los últimos 30 años en Cuba.

Los profesionales consultados atribuyen esta situación a la aguda crisis económica que atraviesa la Isla. Esto se confirma en las reuniones de trabajo, en las que se plantea la tendencia al ascenso en la actividad delictiva y la falta de soluciones gubernamentales, tanto para sacar al país de la crisis como para prevenir los delitos.

Bajo índice de esclarecimiento delictivo: Los órganos investigativos de la Policía tienen deficiencia de personal y de preparación. No pueden responder con celeridad al aumento del delito. Adoptar medidas medidas como la prisión preventiva, como modo de escarmiento social, se ha convertido en una solución provisional para mostrar que hay seguridad en el país.

Férreo control institucional y político sobre instructores penales, fiscales y jueces: Estos profesionales tienen que acatar las órdenes de dictar sentencias y medidas severas, como la prisión preventiva, ya que de ello dependen las evaluaciones de su desempeño.

La creciente actividad de la disidencia y la sociedad civil independiente en la Isla: Este incremento desborda la capacidad de gestión y coordinación de las autoridades para determinar la respuesta en cada caso. 

A propósito, el abogado de DIARIO DE CUBA Edel González Jiménez señala: "cada asunto de disidente reconocido en el ámbito nacional e internacional camina con menos prisa que el resto, por la cantidad de consultas y reuniones previas de coordinación que hacen al respecto para no errar en la respuesta final porque cada sentencia de esta rebasa análisis de las fronteras nacionales y atrae otras consecuencias políticas al régimen en el poder".

Los excesivos periodos de prisión provisional, violatorios de la Ley de Procedimiento Penal de Cuba tienen efectos visibles:

—Los asegurados con esta medida cautelar son hallados culpables en casi el 100% de las ocasiones y condenados a prisión.

Injusticia notoria para cubanos inocentes o culpables de delitos, cuyas sanciones en tiempo serían menores que el tiempo de reclusión en prisión.

Pérdida paulatina del control de cárceles por parte de las autoridades.

—Corrupción administrativa carcelaria.

—Daños perdurables para la persona encarcelada: La reclusión, el aislamiento de familiares y amigos y la pérdida de empleos generan daños psicológicos. Además, las amenazas por parte de otros presos y hasta de guardias, y la violencia, que abarca desde la humillación hasta la agresión sexual, también traumatizan a los individuos.

—Impacto más allá de las rejas: Al daño psicológico que sufren las familias, principalmente los hijos, se suma el costo para la economía del hogar. Además de perder los ingresos del recluido, la familia debe asumir costos de trasladarse para las visitas y proveerle todo lo que necesita en prisión.

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