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Agricultura

La tierra, para quien la trabaja

¿Por qué, siendo una de las razones declaradas de la revolución de 1959, todavía en Cuba la tierra no es de quien la trabaja?

La Habana

Una vez que arribó al poder imbuido por un voluntarismo exacerbado, el Gobierno revolucionario ignoró las leyes que rigen la economía y la subordinó a la ideología. Desde ese momento la pérdida de la autonomía que requieren los procesos económicos la convirtió en factor de pobreza.

En 1959, con la Primera Ley de Reforma Agraria, el Gobierno entregó títulos de propiedad a 100.000 campesinos pero concentró en sus manos el 40,2% de las tierras cultivables. En 1963, con la Segunda Ley de Reforma Agraria, las 1.000 fincas que tenían más de cinco caballerías engrosaron el fondo de tierras estatales, que aumentó hasta el 70%. En 1976, con el objetivo de disminuir el número de pequeños propietarios inició un proyecto de "cooperativización", mediante el cual creó las Cooperativas de Producción Agropecuaria (CPA), elevando así hasta el 75% la propiedad estatal. El resultado fue la ineficiencia, la escasez de productos y los altos precios, lo que obligó en 1993 a convertir una parte de las tierras estatales inutilizadas en Unidades Básicas de Producción Cooperativa (UBPC), pero conservando la propiedad de las mismas.

Catorce años después, el 26 de julio de 2007 en el discurso pronunciado en Camagüey, el general Raúl Castro reconoció las deficiencias, errores y actitudes burocráticas o indolentes reflejadas en los campos infectados de marabú y anunció la decisión de "cambiar todo lo que deba ser cambiado". Y en 2008 se promulgó el Decreto Ley 259, mediante el cual comenzó la entrega de tierras ociosas a particulares. Sin embargo, la medida soslayó la declaración de "cambiar todo lo que deba ser cambiado" y se limitó a traspasar en usufructo una parte de las tierras que el Estado no logró hacer producir. El pobre resultado obtenido no logró lo que se propuso.

En 1989, de las 170.000 hectáreas de tierra en manos de las UBPC existentes, casi el 40% permanecían ociosas; su extensión, aunque abarcaba el 27% de la superficie agrícola del país, solo producían el 12% de los granos, viandas y hortalizas, el 17% de la leche y solo el 27% tenían resultados satisfactorios. En el año 2010 el 15% de las UBPC cerraron con pérdidas y otro 6% ni siquiera presentó balance económico. Para detener el deterioro, en agosto de 2012, el Consejo de Ministros dictó un paquete de 17 medidas y un nuevo Reglamento General para las UBPC, que reconocía lo que antes se  había negado: la "capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones", es decir personalidad jurídica.

En diciembre de 2012, sin alterar la estructura de la propiedad, se sustituyó el Decreto-Ley 259 con el Decreto-Ley 300, el cual alivió algunas restricciones, pero conservó otras e implementó nuevas. En su artículo 11 reza que: los usufructuarios pueden integrarse a una Granja Estatal con personalidad jurídica, a una UBPC o a una CPA, para lo cual "el usufructuario le cede el derecho de usufructo sobre las tierras y las bienhechurías a la entidad a la cual se integra".

En 2013, en la reunión del Consejo de Ministros del mes de mayo, Marino Murillo Jorge, vicepresidente del Consejo de Estado, reconoció que "las medidas que durante décadas se han puesto en práctica en la forma de gestionar la tierra, no han conducido al necesario aumento de la producción". Finalmente, en 2014 el Decreto-Ley 300 fue modificado con el  Decreto-Ley 311.

La perdida de la autonomía —que es a la economía lo que el oxígeno a los cuerpos vivos— conjuntamente con el voluntarismo, los métodos de ordeno y mando, la planificación centralizada, la incapacidad de jefes y administradores y la merma del interés de los productores, conformaron la ineficiencia agrícola que caracteriza a la agricultura cubana desde hace varias décadas.

El proceso descrito demuestra la imposibilidad de resolver la crisis en la agricultura con el monopolio de la propiedad estatal y conduce al análisis del usufructo y de las cooperativas en Cuba.

Las cooperativas y el usufructo

En cuanto a las cooperativas, la Declaración de la Alianza Cooperativa Internacional (ACI), adoptada en 1995, define las cooperativas como "asociaciones autónomas de personas que se unen voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes, por medio de una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada".

De acuerdo a esa definición las creadas en Cuba —con excepción de las Cooperativas de Créditos y Servicios, que aunque sin personalidad jurídica, los campesinos conservaron la propiedad de la tierra y los medios de producción— no clasifican como tales.

Las Cooperativas Cañeras, creadas en marzo de 1960 en áreas que antes pertenecían a los ingenios azucareros, casi inmediatamente fueron convertidas en empresas estatales. Las CPA surgidas en 1976 con el propósito de reducir aún más la cantidad de tierras en manos privadas, también fue una decisión estatal. Y las UBPC, organizadas en 1993, no resultaron de una verdadera socialización, sino de la crisis en la agricultura estatal.

Si las cooperativas en Cuba se crean por voluntad del Estado; si su reglamento lo emite el Consejo de Ministros; si el que autoriza su constitución es quien controla, evalúa su funcionamiento y define cuando los "asociados" pueden contratar trabajadores asalariados; si  las actividades y tareas que pueden asumir los "socios", se crean en los lugares que el Estado decide, y "se ocupan de los segmentos del mercado que no resultan competitivos para la empresa estatal"; y encima de lo anterior, el Estado conserva la propiedad sobre los medios fundamentales de producción, entonces no son verdaderas cooperativas, sino cooperativas estatales de usufructuarios.

Una prueba contundente de ese falso cooperativismo fue el reporte publicado en el diario Granma del viernes 25 de enero de 2013, donde se dio a conocer la decisión de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP) de sustituir o liberar de sus funciones a 632 presidentes de cooperativas agrícolas.

Por su parte, el usufructo consiste en el disfrute de un bien ajeno. Si se hubiera sido consecuente con el principio de "cambiar todo lo que deba ser cambiado", las tierras ociosas e infectadas de marabú, se hubieran entregados en propiedad a los que trabajan la tierra. Nada justifica que los productores privados, que han demostrado capacidad para producir con eficiencia, sean usufructuarios y el Estado, responsable de la ineficiencia, sea el propietario. La pregunta nos remite a una de las razones declaradas de la revolución de 1959 de entregar la tierra a los campesinos: ¿Por qué ahora la tierra no es de quien la trabaja?

Ni las tierras estatales, ni las cooperativas creadas por el Estado, ni las 17 medidas de 2012, ni los sucesivos decretos que entregaron tierra en usufructo han logrado sacar a la agricultura cubana de la crisis creada por el monopolio estatal de la propiedad, al contrario, la crisis se ha agudizado. Tal resultado, quiérase o no, coloca en el orden del día la necesidad una nueva reforma dirigida a eliminar los latifundios estatales, convertir a los actuales usufructuarios en propietarios y transformar el resto de la propiedad estatal en propiedad privada y en grandes empresas cooperativas.

Por tanto lo que se impone es determinar cuál o cuáles son las formas de propiedad más eficaces en cada momento y lugar para el desarrollo personal y social, que es lo que hace de la institución de la propiedad un fundamento del orden personal y social.

El no reconocimiento de esa necesidad explica que los administradores de cooperativas puedan ser separados no por los socios, sino por una institución paraestatal como es la ANAP, o que el segundo secretario del PCC amenace a los usufructuarios con la enfática declaración: "La tierra es del Estado" y "Se la quitamos sin mucha discusión". La pregunta que cae de su propio peso es: ¿Y qué va a hacer el Estado con una tierra que nunca logró hacerla producir?

La respuesta pasa por la democratización de las relaciones económicas, para que de forma paralela al Estado, los cubanos participen como sujetos con derechos institucionalizados.

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