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Religión

Autoridades de Holguín amenazan con demoler parte de una casa culto de las Asambleas de Dios

Los funcionarios del régimen están utilizando como pretexto un error en la construcción que podría solucionarse con una multa.

Miami
La casa-culto de Asambleas de Dios que enfrenta amenazas de demolición.
La casa-culto de Asambleas de Dios que enfrenta amenazas de demolición. Asambleas de Dios

Una casa culto de las evangélicas Asambleas de Dios enfrenta amenazas de demolición en El Caró, un pequeño poblado ubicado en el consejo popular La Plazuela, del municipio holguinero Sagua de Tánamo.

Según una fuente desde Holguín, el pastor Gerson Ramírez tenía un permiso de construcción para ampliar y remodelar la casa. Bajo la intensidad de las emociones de emprender el desafío de una construcción, los trabajos se excedieron unos tres metros de lo que consta en los planos de límite de terreno, y las autoridades quieren demoler esa parte.

"Los primeros inspectores que visitaron el lugar pusieron una multa. Es una zona rural, casi un monte, como decimos nosotros. A nadie le afecta esos pocos metros de más. Luego vino una citación a Planificación Física, y allí es donde se ha trabado todo", dice la fuente que, por temor a represalias, pide no sea revelada su identidad.

El pastor Gerson reconoce que ellos se equivocaron con las medidas, pero considera que obligarlos a romper lo que han construido, con lo que cuesta construir en Cuba, es un extremo innecesario que solo denota ensañamiento. De poder escoger, él preferiría que lo multaran y le arreglaran los papales del terreno.

La restructuración del Sistema de la Vivienda a partir del Decreto-Ley 322 de 2014 intentaba un mayor dinamismo en el mercado inmobiliario, incentivar la producción agrícola y un manejo más eficiente del territorio. También agilizaría los trámites de remodelación, rehabilitación y permisos de construcción. Sin embargo, pensar en emprender una construcción en Cuba de manera legal se siente como si el mismo Erno Rubik te extendiera su rompecabezas mecánico tridimensional para que lo armes por primera vez. En la práctica, diez años después, el Decreto-Ley 322 ha producido más ineficiencia, burocracia y desgaste para la población.

Con la extinción del Instituto Nacional de la Vivienda (INAV), el Decreto-Ley 322 reasignó las funciones de esa entidad al Ministerio de la Construcción (MICONS), el Instituto de Planificación Física (IPF), el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), el Sistema de Tribunales, el Ministerio de Justicia (Minjus) y otros organismos de la Administración Central del Estado.

Para actualizar un título de propiedad, por ejemplo, las Oficinas de Trámites de la Vivienda necesitan un pronunciamiento sobre medidas y linderos, y sobre descripción y tasación que debe venir del IPF. Así es que, por encima del trabajo de un arquitecto o ingeniero civil graduado en la universidad, estaría el dictamen de un funcionario con una formación técnica inferior.

Incluso el periódico oficial Granma, en un artículo de marzo de 2016, citó al licenciado en Derecho Santiago Herrera Linares, jefe de la Dirección de Asuntos Legales de la Vivienda, en el Ministerio de la Construcción, quien consideró que "con la modificación se traspasaron funciones, no se simplificaron trámites".

Cualquiera se preguntaría entonces, desde las intenciones y el sentido común, ¿a quién afecta realmente que la construcción de la casa culto de El Caró sobresalga tres metros de los límites de su plano original en una zona no urbana sin desarrollar? Una pared se puede volver a construir. La confianza y el testimonio cuestan más.

Entre los apagones, la dificultad para comprar un sello, la burocracia multiinstitucional y la incertidumbre de esperar los permisos, cualquiera escogería pagar una multa por una acción que no afecta a nadie, con tal de evitar someterse a la odisea de un trámite de vivienda. Bien podría terminar en un callejón sin salida, o en otro limbo legal. Este es muchas veces el caso para las instituciones religiosas o lugares de culto.

"En cualquier momento pueden llegar los inspectores y hacer otra acta de demolición. De no ejecutarse, según el IPF, ellos irían con instancias superiores, dígase la Policía, el Gobierno, el Partido y una brigada de demolición", dijo la fuente.

La propiedad de El Caró está en un terreno que alguien donó hace casi 30 años para que sirviera como lugar de reunión de la iglesia. Permanece a nombre del pastor anterior, dispuesto a ayudar, pero ya jubilado, quien tuvo que acudir también a la citación del IPF. Pasar la propiedad a nombre de la institución o del pastor actual cae en ese vacío legal que tiene como objetivo limitar a la iglesia y otros actores de la sociedad civil.

¿Hasta qué punto estaría en las manos del director del Instituto de Planificación Física (IPF) en Sagua de Tánamo dar solución a este caso?

Según el Decreto-Ley 322 del 2014, las construcciones que exceden los límites del terreno o propiedad enfrentan sanciones específicas. El director del IPF tiene la facultad de ordenar la demolición, pero también tiene la facultad de solucionar la irregularidad imponiendo una multa administrativa y dar curso a la regularización pagando las tasas correspondientes a un nuevo trámite.

Los vecinos de El Caró que visitan la casa culto regularmente para adorar a Dios también se beneficiarían con un lugar tres metros más grande. Por interés social, en medio de todas las penurias que vive el pueblo cubano, la solución a este caso puede ser benigna.

No es la primera vez que las autoridades en Holguín tratan a una iglesia bajo la máxima "si te lo puedo hacer difícil, ¿por qué te lo tengo que hacer fácil?". Entre 2019 y 2020, funcionarios del Ministerio de Justicia, Planificación Física, el Partido Comunista provincial y agentes de la Seguridad del Estado amenazaron a la iglesia Jehová Shalom para que suspendiera de forma definitiva sus servicios religiosos.

Las instituciones eclesiásticas o religiosas, las asociaciones basadas en credos religiosos y otras asociaciones civiles aún esperan a que se dicte una ley de asociaciones que no las discrimine y facilite su funcionamiento. Mientras tanto, continua vigente la Ley de Asociaciones de la República de Cuba (L54/85), con su negativa a integrar como "legales" a las nuevas asociaciones, denominaciones o lugares de culto.

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1 comentario

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Profile picture for user Plutarco Cuero

La mano pelúa de la Inglesa Católica .... se la pasan chivateando a los evangélicos ...