A solo cuatro días de la celebración del referendo sobre futura Constitución de Cuba, el Gobierno cubano anunció la aprobación de nueve medidas para el sector privado en la Isa que, según publicó el sitio oficial Cubadebate, "dan continuidad al proceso de perfeccionamiento de esa forma de gestión" económica.
Las regulaciones incluyen la autorización de cinco nuevas actividades e incluyen "flexibilización" en las relaciones contractuales entre los cuentapropistas y las personas jurídicas, tanto nacionales como extranjeras.
Marta Elena Feitó Cabrera, viceministra primera de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), dijo en una conferencia de prensa que las normas están siendo elaboradas en estos momentos, pero dio fecha exacta.
La funcionaria solo añadió que "se emitirán próximamente" e implican modificaciones a las resoluciones vigentes.
Feitó Cabrera presentó las nuevas medidas como "cambios que responden a las propias solicitudes e inquietudes de los cuentapropistas".
Cinco nuevas licencias
Las cinco nuevas actividades económicas que podrán ejercer desde el sector privado son: Operador y/o arrendador de equipamiento para la producción artística; Agente de selección de elenco (casting); Auxiliar de producción artística; Traductor e Intérprete Certificado, y Productor vendedor de productos alimenticios (incluye la elaboración y venta de embutidos, ahumados, conservas y similares).
Las ocho medidas restantes
La segunda de las medidas tomadas por el Gobierno establece que "no tienen obligación de inscribirse en la actividad 'Trabajador contratado' el cónyuge y los familiares del titular dentro del primero y segundo grado de consanguinidad (hijos, padre y madre, hermanos, nietos y abuelos) y primero de afinidad (yerno, nuera, suegro y suegra)".
Se excluye en el caso de los transportistas de carga y pasajeros, si el familiar va a conducir el vehículo, en cuyo caso, sí requiere de Licencia Operativa de Transporte.
En tercer lugar, se establece que "las personas jurídicas, tanto estatales cubanas como las extranjeras radicadas en el país, pueden contratar productos y servicios a las formas de gestión no estatales y que los pagos se realicen en ambas monedas (CUP y CUC)".
Como medida número cuatro se aprueba que "los excedentes de las producciones y los sobrecumplimientos del encargo estatal o la inejecución de las entidades que tienen plan, se puedan vender a las formas de gestión no estatales, en ambas monedas, mediante cuenta bancaria".
René Hernández, viceministro primero de Economía y Planificación, aclaró que esta medida generaliza a todos los sectores lo que hoy hacen, fundamentalmente, entidades del Ministerio de Comercio Interior. Consideró que contribuirá al aseguramiento mayorista a los negocios particulares.
Una de las cuestiones que más golpea al sector privado hoy en Cuba es la imposibilidad de acceder a un mercado mayorista donde proveerse de todos los productos necesarios para hacer rentables sus negocios.
Como quinta medida, se incorporan "las vacaciones entre las causas por las que el titular puede designar a un trabajador contratado. El período de tres meses autorizado por salida al exterior o por vacaciones puede ser ininterrumpido o no dentro del año natural".
La sexta regulación permite "unificar actividades o modificar los alcances de las actividades afines para ampliar la gama de servicios que pueden prestarse con la misma autorización, así como reducir los trámites".
Unificación de actividades o modificación de los alcances:
Se integra a la actividad de Artesano, las actividades de Talabartero y Productor vendedor de calzado y con similar alcance al que tienen, e incorpora al "Vendedor de flores artificiales" (actualmente integrada en la actividad de Florista).
Se incluye en la actividad de Servicio de decoración, organización de cumpleaños, bodas y otras actividades festivas, la solicitud de la licencia sanitaria si elabora alimentos asociados al servicio que oferta. En la actividad de cerrajero la cerrajería electrónica y en la actividad de Aguador, la venta de hielo.
Se sustituye la referencia a la venta de "oxígeno y acetileno", por "gases industriales", en las actividades que tienen autorizada su utilización. (Herrero, Hojalatero; Mecánico de equipos de refrigeración; Tapicero; Reparador de artículos varios; Reparador de equipos mecánicos y de combustión; Soldador, Servicio de chapistería; Servicio de construcción, reparación y mantenimiento de inmuebles, y Contratista privado)".
En la actividad de servicios de chapistería, en los casos que el ejercicio de la actividad no esté asociado a los servicios auxiliares y conexos del transporte y, por tanto, no requieren licencia operativa de transporte (LOT), las autorizaciones se otorgan por las direcciones de Trabajo municipales.
Se incorpora en el alcance de la actividad de "Reparador de equipos mecánicos y de combustión" la actividad Electricista automotriz (actualmente integrada en la actividad de Electricista).
La actividad de "Electricista" queda solo para el servicio en inmuebles y las autorizaciones las otorgan las direcciones de Trabajo municipales.
Se autoriza al Facilitador de permutas y compraventa de viviendas a contratar hasta dos trabajadores.
La octava medida modifica "el nivel de evaluación y faculta a los Consejos de la Administración Municipales para: autorizar el ejercicio de las actividades de Servicio Gastronómico en Restaurantes; Servicios de Bar y Recreación y Arrendador de Viviendas Habitaciones y Espacios cuando se arrienden más de cuatro habitaciones o viviendas completas".
Regula los precios y tarifas fijos o máximos, cuando las circunstancias lo aconsejen y teniendo en cuenta las condiciones y características de cada territorio.
Feitó Cabrera dijo que esta medida reconoce la autonomía de los gobiernos municipales, "en sintonía con lo refrendado en la Constitución que irá a referendo el 24 de febrero" y además, "responde a la necesidad de simplificar trámites y acortar los tiempos de autorización".
Por último, el Gobierno decidió "especificar que los horarios de funcionamiento de las instalaciones donde se ejerce el trabajo por cuenta propia se aprueban, para cada caso, por el Consejo de la Administración Municipal".
La viceministra recordó que al cierre de diciembre último había 580.828 trabajadores por cuenta propia; el 29%, jóvenes y el 34 %, mujeres. En tanto, el 15% laboran también en el sector estatal y un 10% son jubilados.
La Habana, Matanzas, Villa Clara, Camagüey, Holguín y Santiago de Cuba concentran al 65% de los trabajadores privados.
Luego de la entrada en vigor de las últimas normas para el control de este sector las actividades más representativas continúan siendo las de alimento (paladares, cafeterías, vendedores ambulantes); el transporte de carga y pasajeros; el arrendamiento de viviendas, habitaciones y espacios; los agentes de telecomunicaciones; y los trabajadores contratados, en lo fundamental asociados a las dos primeras actividades.